Ante la aprobación ayer por el Comité Olímpico Internacional (COI) de su nueva Política sobre la Protección de la Categoría Femenina en el Deporte Olímpico, anunciada por su presidenta Kirsty Coventry, la Agrupación Deportiva Ibérica (ADI LGTBI+), que engloba a la mayoría de clubs deportivos LGTBI+ e inclusivos de España y Portugal, manifiesta su rechazo absoluto. La Agrupación subraya que el deporte femenino se protege promoviendo recursos y programas igualitarios, en lugar de excluir a otras mujeres, y que la equidad debe garantizarse con ciencia y evidencia, no con prohibiciones o restricciones arbitrarias.
La política aprobada por el COI establece criterios de elegibilidad basados en la clasificación de “mujeres biológicas”, un criterio acientífico, y en pruebas genéticas únicas (gen SRY), simplificando la compleja realidad del desarrollo sexual humano y la diversidad de identidades de género. La Agrupación advierte que esta medida no solo carece de respaldo científico sólido y uniforme, sino que además excluye de facto a deportistas trans y a mujeres con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), quienes históricamente han competido y se identifican como mujeres.
El COI justifica la política en nombre de la equidad y la seguridad, pero ignora la variabilidad individual y los casos excepcionales, apoyándose en generalizaciones sobre supuestas ventajas masculinas en todas las disciplinas. Este enfoque no considera que la ciencia sobre rendimiento deportivo y sexo biológico es compleja y que no existe consenso absoluto. Al mismo tiempo, la medida plantea riesgos de discriminación y vulneración de derechos fundamentales, contradiciendo principios de inclusión, dignidad y no exclusión.
Por ello, ADI LGTBI+ exige al COI que modifique de inmediato su política, garantizando que:
- Todas las deportistas trans y mujeres con DSD puedan participar plenamente en la categoría femenina, respetando su identidad de género y derecho a competir.
- Las normas de elegibilidad se basen en evidencia científica plural y transparente, evitando simplificaciones que excluyan o discriminen.
- Se refuercen medidas de educación inclusiva y visibilización de referentes positivos en clubes, federaciones y organismos deportivos internacionales, promoviendo la lucha contra la discriminación.
- Que esto no afecte al deporte base, donde el objetivo es la plena participación y promoción de la salud física y mental de todas las personas.
ADI recuerda que en España es ilegal discriminar la participación deportiva por motivos de orientación sexual, identidad ni expresión de género. Así lo recogen las leyes trans –Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans-, del deporte -Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del deporte-, de igualdad de trato y no discriminación –Ley 15/2022, de 12 de julio, para la igualdad de trato y no discriminación- que garantizan la participación de cualquier persona en el deporte.

